Las concesiones son una figura jurídica mediante la cual el Estado, en su calidad de propietario de los recursos naturales que se encuentran en el subsuelo del territorio nacional, le concede a un tercero, el derecho de realizar las actividades necesarias que le permitan aprovechar los recursos minerales que se encuentran en una zona determinada, sujetos al cumplimiento de los requisitos que señala la ley.
1. Tipos de Concesiones Mineras: La legislación minera peruana fija cuatro tipos de concesiones según las distintas etapas del quehacer minero: a) Concesión minera (derecho a la exploración y explotación de los recursos minerales); b) Concesión de beneficio; c) Concesión de labor general; y, d) Concesión de transporte minero. Cabe señalar que con respecto a la comercialización de productos minerales, ésta es libre, interna y externamente, y para su ejercicio no se requiere el otorgamiento de una concesión.
2. Derechos de los Titulares de las Concesiones: a) Solicitar a la autoridad minera, autorización para establecer servidumbres en terrenos de terceros y/o sobre los terrenos superficiales de otras concesiones; b) Construir en las concesiones vecinas, las labores que sean necesarias al acceso, ventilación y desagüe de sus propias concesiones; c) Usar las aguas que sean necesarias; d) Aprovechar las sustancias minerales contenidas en las aguas que alumbren con sus labores; e) Inspeccionar las labores de concesiones mineras vecinas o colindantes; f) Contratar la ejecución de los trabajos de exploración, desarrollo, explotación y beneficio, con empresas especializadas inscritas en la DGM.
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De acuerdo con el artículo 45 del Código de Minas, el contrato de concesión es el que se celebra entre el Estado y un particular para efectuar, por cuenta y riesgo de este, los estudios, trabajos y obras de exploración de minerales de propiedad estatal que puedan encontrarse dentro de una zona determinada y para explotarlos en los términos y condiciones establecidos en el Código de Minas. Este contrato es distinto al de obra pública y al de concesión de servicio público, definidos en el artículo 32 de la Ley 80 de 1993, numerales 1 y 4.
1. Adquisición del formulario de solicitud de contrato de concesión: Para adquirir el formulario de solicitud de Contrato de Concesión se consigna la tasa respectiva en la cuenta corriente que para el efecto tenga la autoridad minera o la entidad delegada por ésta. Con el recibo original de la consignación se reclama el formulario de Solicitud de Contrato de Concesión en la sede correspondiente.
2. Aspectos a tener en cuenta para formular la propuesta de contrato de concesión: a) Tener capacidad legal; b) No estar incurso en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad para contratar; y, c) Libertad del área solicitada (zonas de reserva especial, de seguridad nacional y zonas excluibles de la minería).
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Debido a lo extenso del tema, a continuación vamos a tratar solamente algunos aspectos generales del régimen de las importaciones, haciendo énfasis en los productos alimenticios:
Base Legal que rige el régimen de importación.- El régimen aduanero de importación está regulado por la Ley General de Aduanas, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1053 publicado el 27.06.2008. En dicha norma y su reglamentación aduanera se regula el proceso operativo de importación, las modalidades, mecanismos, regímenes, entre otros.
Registro Sanitario.- Para que su producto pueda comercializarse en el Perú previamente debe estar inscrito en el Registro Sanitario de Alimentos y Bebidas de Consumo Humano de la DIGESA.
Marca.- Es recomendable que desde el inicio se proteja la marca de su producto, para ello sería necesario que paralelamente a la búsqueda de clientes y/o proveedores se realicen los trámites respectivos ante el INDECOPI para el registro de la marca en el Perú. Generalmente, el trámite de registro de marca tiene una duración aproximada de cuatro meses siempre que no se presente ninguna oposición. Las marcas no registradas, con la única excepción de las marcas notoriamente conocidas, no tienen ninguna protección aunque se hayan utilizado por años. Las marcas registradas en el extranjero pueden ser registradas por terceros en el Perú y con ello le bloquearían la comercialización de su producto.
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De acuerdo a lo establecido en la Ley General de Sociedades, la extinción de una sociedad se lleva a cabo a través de tres etapas: la disolución, la liquidación y la extinción.
La disolución consiste en el acuerdo adoptado por la junta general de accionistas, por haber incurrido la sociedad en alguna de las causales establecidas en el artículo 407° de la Ley General de Sociedades (vencimiento del plazo de duración, conclusión de su objeto, continuada inactividad de la junta general, pérdidas que reduzcan el patrimonio neto a cantidad inferior a la tercera parte del capital pagado, acuerdo de la junta general, sin mediar causa legal o estatutaria, etc.).
Este acuerdo de disolución debe ser publicado (en un periódico) dentro de los diez días de adoptado, por tres veces consecutivas. Dentro de los diez días siguientes de efectuada la última publicación, deberá presentarse la solicitud de inscripción ante Registros Públicos mediante una copia del acta certificada por notario. En el acuerdo de disolución deberá designarse al liquidador o liquidadores. Si fueran más de uno, deberán designarse en números impares.
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