El registro de una marca es la manera más efectiva de protegerla frente a posibles copias o imitaciones por parte de quienes se quieran aprovechar de su prestigio. El registro convierte al titular en el dueño de la marca y en el único autorizado a emplearla por los siguientes diez años a partir de su inscripción, los cuales pueden ser renovados.

1. AUTORIDAD COMPETENTE

 La autoridad competente en el registro de marcas, en el Perú, es el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) y la oficina responsable de esta labor es la Dirección de Signos Distintivos.

2. ESTUDIO PREVIO DE FACTIBILIDAD DEL REGISTRO DE UNA MARCA

 Es recomendable que un abogado especialista analice previamente la viabilidad del registro de su marca.

 El estudio de factibilidad de Marca, es un informe de búsqueda de marcas en profundidad. No sólo listará las marcas idénticas y similares (gráfica y fonéticamente) que puedan entrar en conflicto con la suya, sino que también se dará la opinión de los especialistas sobre las probabilidades de registro y la(s) clase(s) a las que pertenecen su(s) producto(s)/servicio(s). El estudio incluye las siguientes secciones:

a) Clase de óptima protección:Incluye la identificación de las clases en las que sería conveniente que registre su marca. Las clases se determinan mediante la descripción de sus productos y/o servicios.