Las visas que mencionaremos a continuación están entre las mejores opciones para extranjeros que están considerando vivir y trabajar en los Estados Unidos.

1. VISA B-1 PARA NEGOCIOS

La visa B-1 para negocios sirve para ingresar a Estados Unidos para llevar a cabo reuniones con futuros clientes, posibles empleados, informarse sobre leyes, costos, planes de marketing, asistir a conferencias o congresos, etc.

Si se tiene la idea de crear un negocio en Estados Unidos puede ser una buena opción como primer paso hasta tener las ideas claras y decidir si se quiere seguir con el proyecto.

Con esta visa generalmente se puede estar en Estados Unidos por un máximo de 180 días seguidos. Aunque se debe siempre consultar el I-94, ya que es posible que el periodo permitido sea menor.

Es la visa adecuada cuando se requiere ingresar a Estados Unidos por una inversión o por un asunto relacionado con un negocio pero aun no se desea residir de forma habitual en los Estados Unidos.

Con la visa B-1 no se puede trabajar en Estados Unidos, ni para otra empresa ni para uno mismo. Si Inmigración detecta que se ha trabajado cancelará la visa.

Es muy común que las personas que tienen una visa de turista B-2 tengan también una B-1 ya que es frecuente que se emitan conjuntamente.

Finalmente, los ciudadanos de los países del Programa de Exención de Visas pueden ingresar a Estados Unidos para actividades de negocios sin visado, pero su estancia no puede superar los 90 días consecutivos.

2. VISA L-1 PARA EMPRENDEDORES QUE DESEAN CREAR UNA EMPRESA EN USA

Si ya se tiene una empresa creada y funcionando en el país de origen y se desea crear una filial o subsidiaria en los Estados Unidos la visa L-1 puede ser una opción.
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Crear una empresa en Estados Unidos exige del cumplimiento de determinados requisitos. Así pues, algunas cuestiones previas que debemos preguntarnos son: ¿Qué estructura elijo para mí compañía?, ¿Qué presupuesto necesito?, ¿Qué tipo y cuanto personal se necesita?, ¿Cómo puedo registrar la sociedad y qué costo tiene?

Los extranjeros pueden crear sus propias empresas en USA sin estar presentes, no hay requisitos mínimos de capital, ni una diligencia en la verificación de antecedentes de los fundadores.

Las empresas deben crearse y registrarse a nivel estatal. Es decir, el proceso no es competencia del gobierno federal, sino que recae sobre cada uno de los 50 estados que componen la nación.

A continuación señalaremos los pasos que se deben seguir para la creación de una empresa en la Florida – USA:

1. DETERMINAR EL TIPO DE NEGOCIO Y QUÉ SE NECESITA PARA CREARLO

Para crear una empresa en EEUU, no es necesario ser ciudadano o residente americano.

Los tipos de empresas más utilizados en USA son los siguientes:

a) COMPAÑÍA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (LLC):

– Es la estructura más flexible de negocio y una de las alternativas más elegidas. Es un tipo de negocio en el que los propietarios, llamados socios, tienen una responsabilidad mucho menor que para las acciones y las deudas de una sociedad anónima (según el Servicio de Impuestos Internos). Leer el artículo completo »

En el mundo empresarial está demostrado que la mejor estrategia para que un negocio crezca es saber delegar aquellas tareas que no controlas, a profesionales de cada una de las áreas en las que se apoye tu empresa, como por ejemplo, asesoría fiscal o la asesoría legal. En este sentido, contar con un bufete de abogado que te asesore y te informe sobre las novedades en el ámbito legal que puedan afectar a tu negocio, es algo más que imprescindible.

En MIRANDA LAWYERS, la satisfacción de nuestros clientes es nuestro objetivo principal, por ello hemos apostado por ofrecerles un servicio integral, donde puedan contar en todo momento con un magnífico asesoramiento legal, proporcionado por profesionales con una larga experiencia en la materia.

MIRANDA LAWYERS ha desarrollado el concepto de “asesoramiento legal integral” que consiste en brindar a su empresa, soluciones eficaces en cualquiera de las áreas relacionadas al derecho corporativo. Para este servicio, se cobran honorarios mensuales fijos (tarifa plana), que resultan bastante ventajosos para todos los empresarios.

Este servicio de asesoría legal está relacionado a diversas áreas del derecho que atañen al tema empresarial, tales como: derecho laboral, societario, civil, tributario, contractual, administrativo, licitaciones, migratorio, marcas, auditorias preventivas, penal económico, y en general, todas aquellas disciplinas jurídicas que interesan al negocio de la empresa.

En qué te puede ayudar nuestro equipo de asesoría legal y jurídica?
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noviembre 27th, 2018Registro de marcas en el Perú?

El registro de una marca es la manera más efectiva de protegerla frente a posibles copias o imitaciones por parte de quienes se quieran aprovechar de su prestigio. El registro convierte al titular en el dueño de la marca y en el único autorizado a emplearla por los siguientes diez años a partir de su inscripción, los cuales pueden ser renovados.

1. AUTORIDAD COMPETENTE

 La autoridad competente en el registro de marcas, en el Perú, es el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) y la oficina responsable de esta labor es la Dirección de Signos Distintivos.

2. ESTUDIO PREVIO DE FACTIBILIDAD DEL REGISTRO DE UNA MARCA

 Es recomendable que un abogado especialista analice previamente la viabilidad del registro de su marca.

 El estudio de factibilidad de Marca, es un informe de búsqueda de marcas en profundidad. No sólo listará las marcas idénticas y similares (gráfica y fonéticamente) que puedan entrar en conflicto con la suya, sino que también se dará la opinión de los especialistas sobre las probabilidades de registro y la(s) clase(s) a las que pertenecen su(s) producto(s)/servicio(s). El estudio incluye las siguientes secciones:

a) Clase de óptima protección:Incluye la identificación de las clases en las que sería conveniente que registre su marca. Las clases se determinan mediante la descripción de sus productos y/o servicios.
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noviembre 26th, 2018Visas de trabajo en el Perú?

Es preciso señalar que en el Perú el permiso de trabajo como tal no existe, pues la capacidad de trabajar legalmente en el Perú se obtiene desde el momento que se obtiene el carnet de extranjería.

A continuación haremos mención a los pasos que se deben cumplir para la obtención de una visa de trabajo que permita al extranjero laborar en el Perú:

1. GESTIONES ANTE MIGRACIONES CUANDO EL EXTRANJERO SE ENCUENTRA FUERA DEL PERÚ:

 Se solicitará en el Perú una “visa de trabajador residente” a través de un apoderado y se debe presentar lo siguiente:

• Contrato laboral suscrito con una empresa peruana (debidamente apostillado).

• Poder para que alguien realice los trámites en el Perú (debidamente apostillado).

• Copia del pasaporte vigente.

• Ficha de Canje Internacional – INTERPOL (excepto menores de edad).

• Pago de una tasa a Migraciones.

2. GESTIONES ANTE MIGRACIONES CUANDO EL EXTRANJERO SE ENCUENTRA EN EL PERÚ:
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diciembre 10th, 2013Inmigración en el Perú

Los extranjeros pueden solicitar algunas de las visas que se indican a continuación, en función a la actividad que deseen realizar en el Perú:

CALIFICACIÓN

TIPO DE VISA

ACTIVIDADES PERMITIDAS

Visa de Turista Temporal Sólo pueden realizar visitas turísticas, actividades recreativas o similares. No están permitidos de realizar actividades remuneradas o lucrativas.
Visa de Negocio Temporal Pueden realizar gestiones de carácter empresarial, legal o similar. Están permitidos de firmar contratos o transacciones. No pueden realizar actividades remuneradas o lucrativas ni recibir renta de fuente peruana, salvo el caso de dietas como Director de empresas domiciliadas en el Perú u honorarios como conferencistas o consultores internacionales en virtud de un contrato de servicios que no exceda de 30 días calendario, continuos o acumulados, dentro de un periodo cualquiera de 12 meses.
Visa de trabajo Temporal/ Residente Pueden realizar actividades laborales en virtud de un contrato previamente aprobado por el Ministerio de Trabajo.
Visa inversionista Permanente/Residente Deben realizar inversiones en una empresa constituida o por constituirse no menor a US$ 30,000 y presentar un proyecto de factibilidad o plan de negocios, según corresponda, que incluya la creación de 5 puestos de trabajo en un plazo no mayor de dos años.
Visa de trabajador designado Temporal Pueden realizar actividades laborales enviadas por su empleador extranjero por un plazo limitado y definido para realizar una tarea o función concreta o un trabajo que requiera conocimientos profesionales, comerciales, técnicos o altamente especializados de otra índole. También están permitidos de firmar contratos o transacciones. El vínculo laboral del trabajador extranjero es con la empresa que lo envía al Perú. Debe existir un contrato de prestación de servicios entre la empresa extranjera y la persona natural o jurídica peruana que recibe el servicio.
Visa de trabajo independiente Temporal/Residente Pueden realizar inversiones o ejercer su profesión en forma independiente.
Inmigrante Residente En tanto ingresan al país con el ánimo de residir, pueden desarrollar sus actividades en forma permanente, luego de permanecer en el país por más de 2 años.
Visa de estudiante Temporal/Residente No pueden percibir renta de fuente peruana, con excepción de las provenientes de prácticas profesionales o trabajos en periodos vacacionales, previa autorización de la autoridad competente.

 

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1.  ¿Hay estabilidad económica en el Perú?  A pesar de la inestabilidad económica mundial que se está reportando en estos últimos años, el Perú es uno de los países que muestra una economía sólida y estable, provocando en estos últimos tiempos inversión privada tanto nacional como extranjera. Según el Instituto Nacional de Estadística e Informática, el Perú en el año 2012 registró un alza de 6.29% en el crecimiento de la economía nacional, una de las más altas de América Latina. Desde hace 14 años el Perú viene integrándose de manera activa en la economía mundial, integración que ha ido avanzando a pasos considerables. El Sector construcción creció en un 15.17%, el comercio creció 6.71%, el sector financiero y de seguros 10.35%, sector restaurantes y hoteles 8.85%, transportes y comunicaciones creció 8.10%, manufactura 3.1%, y el sector agropecuario creció 5%. En tanto que el sector minería e hidrocarburos creció 2.15%. Para el año 2013 se estima que la economía del Perú crecerá en un 6.3%.

2. ¿Cuáles son los derechos garantizados a los inversionistas extranjeros? Tenemos entre otros, los siguientes: trato no discriminatorio ante el inversionista nacional; libertad de comercio e industria; libertad de importación y exportación; la posibilidad de remesar libremente al exterior las utilidades o dividendos, previo pago de los impuestos que le corresponden; la libertad de reexportación del capital invertido, en el caso de venta de acciones, reducción de capital o liquidación parcial o total de las inversiones; posibilidad de acceso irrestricto al crédito interno; libertad de contratación de tecnología y remesas de regalías; libertad de adquisición de acciones de propiedad de inversionistas nacionales; posibilidad de suscribir con el Estado convenios de estabilidad jurídica; así como contratar con el exterior seguros para su inversión.

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Los días 1° y 2° de octubre de 2012, Lima será sede de la III Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de América del Sur y Países Árabes (ASPA), así como de la Reunión del Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores de esos países. Estos eventos estarán acompañados de un importante Foro Empresarial árabe-sudamericano denominado ASPA CEO.

III Cumbre ASPA CEO Summit es uno de los encuentros más importantes de los líderes económicos y empresariales de ambas regiones y en esta oportunidad se llevará a cabo en la capital de una de las economías de más rápido crecimiento en el mundo (Lima, Perú).

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Las misiones comerciales son un mecanismo privilegiado de promoción comercial que facilita el acceso y la permanencia de un producto y/o servicio en un determinado mercado. Ayudan a fortalecer la presencia de las empresas y sus productos dentro de un ámbito global. Además, permiten combinar elementos como la publicidad, promoción, investigación de mercados y relaciones públicas.

Participar en una misión comercial puede brindar a los participantes una serie de beneficios, dentro de los cuales podemos hacer mención a los siguientes: (i) permite a las empresas tener contacto directo con una gran gama de potenciales compradores de nuestros productos y/o servicios; (ii) es posible identificar las fortalezas y debilidades para competir en el mercado al que se desea incursionar; (iii) es un importante mecanismo para realizar contactos e iniciar negocios, con potenciales compradores; (iv) permite realizar labores de inteligencia comercial en los mercados de interés; (v) permite ampliar las cuotas del mercado, fortalecer vínculos con sus actuales clientes y captar a nuevos o potenciales compradores.

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En ocasiones las compañías peruanas o domiciliadas en el Perú necesitan que una persona natural y/o jurídica no domiciliada en el país le brinde sus servicios o asistencia técnica. Estas actividades tienen efectos tributarios que pueden generar diferentes tipos de retenciones en la renta a percibir, las cuales se deben identificar a tiempo antes de que se produzcan confusiones o infracciones ante la SUNAT por simple desconocimiento. A continuación veremos qué acciones seguir según el tipo de trabajo que requiera de un extranjero.

1. Identificar el tipo de servicio a contratar.- Algunas veces las empresas requieren servicios de una compañía o persona natural no domiciliada en el Perú. Por ejemplo, se puede necesitar asesoría en adiestramiento y uso de maquinarias o en los procesos de producción, ya sea por una organización o especialistas extranjeros. En muchos casos, es posible que este tipo de servicios generen un impuesto a la renta en el Perú, que por lo general corre por cuenta del sujeto no domiciliado. Aunque también es posible que la empresa domiciliada en el Perú (la que solicita el servicio) deba realizar la retención del monto debido como impuesto y luego entregarlo a la SUNAT, junto con una declaración que utiliza el formato PDT 617 — Otras Retenciones de este organismo.

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