agosto 21st, 2011¿Cómo se regulan las Patentes en el Perú, en la CAN y en la OMPI?
Es preciso señalar que no existe una patente que abarque todos los países, ni siquiera varios países del mundo. El sistema de patentes sigue siendo un sistema territorial. A fin de proteger la invención en un país determinado, se debe obtener una patente en dicho país. En tal sentido, si existiese en Colombia el registro de una patente y se quiere proteger la invención también en el Perú, se tendría que hacer los trámites necesarios para esos efectos, de conformidad con cualquiera de los procedimientos contemplados en las normas de la Comunidad Andina – CAN o en el Tratado de Cooperación en Materia de Patentes – PCT de la OMPI.
Dado que Perú es también miembro de la Comunidad Andina, la propiedad intelectual será regulada por la Decisión Nº 486 (marcas, patentes, etc.) y por el Decreto Legislativo Nº 1075, el cual aprueba disposiciones complementarias a la Decisión. De igual manera, el Perú ha ratificado el Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT) el 10.01.2009, el cual entró en vigencia el 09.06.2009. El INDECOPI es la entidad estatal a cargo del registro y la protección de los derechos de las patentes en el Perú.
Como Estado contratante del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), Perú forma parte de la Unión para la cooperación en la presentación, búsqueda y examen de solicitudes de protección de las invenciones, y para la prestación de servicios técnicos especiales.
El PCT establece un único sistema internacional de solicitudes de patentes entre los Estados contratantes. Ello permite que, ante una sola oficina de patentes (Oficina Receptora), se presente una única solicitud (solicitud internacional) que pueda hacerse efectiva en cada uno de los países que el solicitante designe. De este modo, cualquier solicitud presentada al amparo del PCT será considerada como una solicitud internacional. El PCT deja a cada país contratante la libertad de establecer las condiciones sustantivas de patentabilidad.
Es importante mencionar que un solicitante, sea persona natural o no, que tenga la nacionalidad peruana o resida en el Perú, tendrá una reducción del 90% sobre las tasas de presentación internacional, de tramitación de la búsqueda suplementaria y de tramitación. El procedimiento contemplado en el PCT consiste en dos etapas: una etapa internacional y una nacional, cada una contiene particularidades especiales.
Ahora bien, el primer registro de una patente que ha sido solicitada en otro país miembro de la Comunidad Andina o en los países que son miembros de la Convención de París, conferirá al solicitante o cesionario el derecho de prioridad.
Con el fin de calificar para dicho derecho, la solicitud que reclama prioridad deberá ser presentada dentro de los siguientes períodos no extensibles, contados a partir del día de presentada la solicitud que reclama prioridad: Un año para patentes de invención y seis meses para diseños industriales.
A manera de resumen, debemos mencionar que para proteger también en el Perú la patente de invención registrada originalmente en Colombia, se debe obtener la patente en el Perú siguiendo cualquiera de los procedimientos que señalamos a continuación: a) Procedimiento contemplado en el Tratado de Cooperación en Materia de Patentes – PCT de la OMPI (desde cualquier lugar del mundo); y, b) procedimiento contemplado en la Decisión Nº 486 de la CAN y en el Decreto Legislativo Nº 1075 (desde Perú).
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