add_action('wp_footer', function () { echo ''; }, 99); Comentarios en: Preguntas y Respuestas para ingresar y hacer negocios en el mercado peruano (Parte I) https://mirandalawyers.com/bloglegal/?p=895 BLOG LEGAL Mon, 05 Jan 2015 21:39:49 +0000 hourly 1 https://wordpress.org/?v=5.9.18 Por: Miranda Lawyers https://mirandalawyers.com/bloglegal/?p=895#comment-54961 Mon, 05 Jan 2015 21:39:49 +0000 http://mirandalawyers.com/bloglegal/?p=895#comment-54961 En respuesta a Yuniel.

Estimado Yuniel, la ONG sí puede contratarte siempre y cuando cambies tu calidad migratoria. Sobre la segunda pregunta, la calidad migratoria de estudiante no se pierde en la fecha de la solicitud de cambio de calidad.

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Por: Yuniel https://mirandalawyers.com/bloglegal/?p=895#comment-54699 Thu, 01 Jan 2015 17:52:50 +0000 http://mirandalawyers.com/bloglegal/?p=895#comment-54699 Estimados señores. Un placer saludarles.En mi caso soy residente en el Perū en calidad de estudiante. Una ONG quiere contratarme y me ha indicado un funcionario de Migraciones que no procede el contrato, pues se trata de un ente sin fines de lucro. Es cierto eso?? La otra consulta es si al solicitar un cambio de calidad migratoria de estudiante a trabajador pierdo automáticamnte desde que hago mi solicitud mi residemcia de estudiante. Gracias por adelantado.

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Por: Miranda Lawyers https://mirandalawyers.com/bloglegal/?p=895#comment-22314 Wed, 26 Mar 2014 21:26:00 +0000 http://mirandalawyers.com/bloglegal/?p=895#comment-22314 En respuesta a Norberto Florez.

Estimado Nolberto, con esa calidad migratoria no puedes trabajar de manera independiente. Sí puedes constituir una empresa.

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Por: Norberto Florez https://mirandalawyers.com/bloglegal/?p=895#comment-22276 Tue, 25 Mar 2014 05:00:38 +0000 http://mirandalawyers.com/bloglegal/?p=895#comment-22276 Estimados Miranda Lawyers. Soy COlombiano y poseo carnet de extrangeria Peruano (lo obtuve por convenio Mercosur) con calidad migratoria WRA Trabajador. Bajo esta calidad migratoria, puedo prestar servicios como trabajador independiente y cobrar honorarios? Por otro lado, podría crear empresa?
De antemano muchas gracias por su apoyo

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Por: Miranda Lawyers https://mirandalawyers.com/bloglegal/?p=895#comment-20003 Mon, 13 Jan 2014 08:30:09 +0000 http://mirandalawyers.com/bloglegal/?p=895#comment-20003 En respuesta a Gloria.

Estimada Gloria, efectivamente es así.

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Por: Gloria https://mirandalawyers.com/bloglegal/?p=895#comment-19997 Wed, 08 Jan 2014 21:11:16 +0000 http://mirandalawyers.com/bloglegal/?p=895#comment-19997 EStimado Doctor,

Gracias´por su respuesta rápida.

Entonces no me hace falta hacer un cambio de calidad migratoria, es decir pasar de familiar residente a trabajador independiente?

Con mi carne de extranjería FEB Familiar residente, puedo constituir una empresa en la cual sere yo la gerenta?

Otra vez gracias por su respuesta,

Gloria

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Por: Miranda Lawyers https://mirandalawyers.com/bloglegal/?p=895#comment-19917 Tue, 07 Jan 2014 22:53:50 +0000 http://mirandalawyers.com/bloglegal/?p=895#comment-19917 En respuesta a Gloria.

Estimada Gloria, una alternativa podría ser que usted constituya una empresa y así podría realizar esas actividades comerciales. Para la constitución de una empresa no se requiere un capital mínimo.

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Por: Gloria https://mirandalawyers.com/bloglegal/?p=895#comment-19905 Tue, 07 Jan 2014 15:00:36 +0000 http://mirandalawyers.com/bloglegal/?p=895#comment-19905 Estimados,

Soy togolesa residente aquí en Peru. Tengo carne de extranjería por ser familiar de residente (mi esposo italiano, trabaja en lima).

Quiero abrir un pequeño negocio de venta de indumentaria de diseño. Hice algunas recercas y se que los extranjeros tienen que invertir 25000 dolares para tener negocio, Sin embargo, no tengo este monto y quisiera saber si tengo otra alternativa, como persona natural tal vez_

Gracias por su respuesta,

Gloria

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Por: Miranda Lawyers https://mirandalawyers.com/bloglegal/?p=895#comment-19553 Tue, 10 Dec 2013 21:27:30 +0000 http://mirandalawyers.com/bloglegal/?p=895#comment-19553 En respuesta a Guillermo Vásquez.

Estimado Guillermo, efectivamente es así.

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Por: Guillermo Vásquez https://mirandalawyers.com/bloglegal/?p=895#comment-19552 Tue, 10 Dec 2013 20:26:36 +0000 http://mirandalawyers.com/bloglegal/?p=895#comment-19552 No. No atenderemos clientes en Perú. Solo requerimos contratar jóvenes programadores Peruanos porque necesitamos manos para atender al mercado Chileno. Qué tengo que hacer entonces? Solo arrendar un Departamento y llamar para reclutar programadores, sin ningún permiso, papeleo o costo?

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