add_action('wp_footer', function () { echo ''; }, 99);
Buenas tardes estimado Carlos, al decir que “le has dado de baja a tu empresa”, no sabemos con precisión a qué te estás refiriendo. En el entendido que has seguido el procedimiento de disolución, liquidación y extinción de tu empresa como señala la Ley General de Sociedades, y todos esos acuerdos están inscritos en los registros públicos, y posteriormente a ello hiciste el procedimiento en la SUNAT para darle de baja definitiva al RUC de la empresa, entonces ya no se puede reactivar esa empresa porque ella ya no existe. Ahora bien, si de lo que se trata es que se ha suspendido el RUC de la empresa de manera temporal o definitiva, entonces el representante legal de la empresa debe acercarte a la SUNAT con una copia literal de los registros públicos y activar el RUC que es un procedimiento sencillo y que se hace en pocos minutos.
]]>Estimado Roberto, la regulación sustancial no ha cambiado en este caso, sin embargo, en la práctica está más rápido y menos engorroso el trámite. Si desean crear una empresa en el Perú, sería recomendable una Sociedad Anónima Cerrada (S.A.C.).
]]>Estimado Fernando, el capital asignado a la sucursal, es considerado contable y tributariamente como capital de la sucursal y no tiene que pagar ningún impuesto por ese concepto. Lo que tiene que hacer su contador es considerar ese tipo de cambio a favor de la sucursal.
]]>Gracias por su apoyo
]]>Estimada Luisa, la empresa extranjera te podría contratar a través de un contrato netamente comercial (no laboral). Si la empresa extranjera desea, puede crear una sucursal en Perú para tener mayor presencia en el mercado peruano; sin embargo, no es obligatorio hacerlo para comercializar sus productos en este mercado.
]]>Mi consulta es la siguiente:
Trabajo para una empresa en Perú, que es sucursal de de su matriz del Brasil, mi pregunta es:el CAPITAL ASIGNADO por la matriz a la sucursal,debe ser considerado como una inversión, a la fecha no hemos generado ingresos, pero el capital asignado es en dolares y como el tipo de cambio ha subido se debe pagar impuestos por el incremento del tipo de cambio.
Gracias por su respúesta
]]>Estimado Oscar, si se rigen por la regulación estricta de contratación estatal, entonces la sucursal será tratada como una empresa nueva y no le serviría la experiencia de la matriz, salvo que se realicen entre ellas contratos de consorcio, joint venture, etc. Sin embargo, deben tener en cuenta que en las licitaciones convocadas por empresas privadas, en aquellas que convocan PROINVERSIÓN para las concesiones y en las licitaciones del sector eléctrico, la validez de la experiencia de la matriz va a depender de lo que se señalen en las bases administrativas del proceso.
]]>Somos una empresa Venezolana dedicada a al rubro de Construcción con 30 años de experiencia y queremos acceder a las licitaciones que hay en Perú y por supuesto queremos ganar alguna de las licitaciones a las que postulemos, nuestra duda es si al abrir una sucursal(Constituida en RRPP de Perú y con Ruc),nuestra experiencia ante la OSCE sera la de la empresa matriz que cuenta con mas de 30 años de experiencia o simplemente será considerada como una nueva empresa recién constituida.
Dr. lo que más nos interesa es demostrar en la licitación que efectivamente contamos con 30 años de experiencia en el rubro de construcción y poder ganar las licitaciones. Pero queremos saber cual es la figura correcta que debemos seguir. O quizá hay alguna figura que usted nos pueda recomendar como el contrato de consorcio?, pero como le repito lo que mas nos interesa es demostrar que efectivamente contamos con basta experiencia en el rubro de construcción.
De antemano le agradezco su respuesta, y nos pueda asesorar ya que consideramos que el mercado peruano es un potencial cliente para nosotros.
Saludos Cordiales,
Oscar Torres
]]>