{"id":110,"date":"2011-05-27T19:22:27","date_gmt":"2011-05-27T19:22:27","guid":{"rendered":"http:\/\/mirandalawyers.com\/bloglegal\/?p=110"},"modified":"2019-05-07T04:57:04","modified_gmt":"2019-05-07T04:57:04","slug":"regimen-laboral-general-en-el-peru","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/mirandalawyers.com\/bloglegal\/?p=110","title":{"rendered":"\u00bfC\u00f3mo es el R\u00e9gimen Laboral General en el Per\u00fa?"},"content":{"rendered":"<p>La Ley del trabajo aprobada por Decreto Legislativo N\u00b0 728, del 27 de marzo de 1997 regula las relaciones entre trabajadores individuales y empleadores. A trav\u00e9s de esta norma legal y otras complementarias, se reglamenta el r\u00e9gimen laboral general o com\u00fan aplicable en el Per\u00fa.<\/p>\n<p><strong>1. Relaciones Laborales entre Trabajadores y Empleadores<\/strong>:<\/p>\n<p>Los empleadores pueden celebrar contratos a plazo fijo o indefinido con los trabajadores.<\/p>\n<p>Los contratos laborales que contengan beneficios distintos a los legales deben ser por escrito con el fin de reflejar los t\u00e9rminos y condiciones acordados por las partes que sean diferentes a aquellos establecidos por la ley. Los contratos laborales que sean a plazo fijo deben ser reportados a la Autoridad Administrativa de Trabajo.<\/p>\n<p><!--more-->Los contratos a plazo fijo pueden ser renovados varias veces pero en t\u00e9rminos agregados no pueden superar los cinco a\u00f1os de duraci\u00f3n. Los trabajadores contratados a plazo fijo tienen los mismos derechos y beneficios laborales que los trabajadores contratados a plazo indefinido.<\/p>\n<p>El r\u00e9gimen laboral general establece una jornada laboral de ocho (8) horas diarias o cuarenta y ocho (48) horas semanales como m\u00e1ximo.<\/p>\n<p>La remuneraci\u00f3n m\u00ednima vital para el a\u00f1o 2011 es de S\/. 600.00 Nuevos Soles.<\/p>\n<p>El trabajo en sobretiempo se abona con un recargo a convenir, el mismo que no podr\u00e1 ser inferior al 25% del valor hora-ordinaria (calculado sobre la remuneraci\u00f3n ordinaria), para las primeras dos horas, y 35% para las horas restantes.<\/p>\n<p>El trabajador tiene derecho a un descanso m\u00ednimo de veinticuatro horas consecutivas a la semana, as\u00ed como a descanso en los d\u00edas festivos reconocidos por la ley.\u00a0En algunos sectores los empleadores pueden establecer reg\u00edmenes laborales alternativos o acumulativos, dependiendo de los requerimientos de producci\u00f3n.<\/p>\n<p>Cuando el trabajador cumple una jornada mayor a cuatro horas diarias, los empleadores est\u00e1n obligados a pagarles una Compensaci\u00f3n por Tiempo de Servicios (equivalente a una remuneraci\u00f3n mensual por cada a\u00f1o de servicio), en calidad de beneficio social como previsi\u00f3n de las contingencias que origina el cese en el trabajo. Existen reglas espec\u00edficas para pagar y depositar la CTS.<\/p>\n<p>Los trabajadores tienen derecho a percibir dos gratificaciones legales, en julio y diciembre de cada a\u00f1o, equivalentes a una remuneraci\u00f3n mensual en cada oportunidad.<\/p>\n<p>Los trabajadores de empresas que desarrollan actividades generadoras de rentas de tercera categor\u00eda y sujetos al r\u00e9gimen de la actividad privada con 20 o m\u00e1s trabajadores, participan en las utilidades de la empresa, seg\u00fan los porcentajes establecidos por la ley.<\/p>\n<p>Los trabajadores tienen derecho a un per\u00edodo vacacional de 30 d\u00edas calendarios por cada a\u00f1o completo de servicios bajo un mismo empleador, siempre que hayan trabajado al menos cuatro horas por d\u00eda.<\/p>\n<p>Una vez que el trabajador ha superado el per\u00edodo de prueba, solo puede ser despedido por causa justa establecida en la ley. Los trabajadores que sean despedidos sin causa justa tienen derecho a recibir una indemnizaci\u00f3n por despido arbitrario, a raz\u00f3n de una remuneraci\u00f3n y media ordinaria mensual por cada a\u00f1o completo de servicios, para contrato a plazo indefinido, y de una remuneraci\u00f3n y media por cada mes restante hasta el t\u00e9rmino del contrato en caso de contrato a plazo fijo. En ambos casos, la indemnizaci\u00f3n no podr\u00e1 exceder de 12 remuneraciones mensuales.<\/p>\n<p>El plazo de prescripci\u00f3n para que el trabajador reclame sus beneficios laborales es de cuatro a\u00f1os.<\/p>\n<p>Existe una licencia de maternidad equivalente a 90 d\u00edas. Adem\u00e1s existen 13 leyes protectoras de la maternidad y la ni\u00f1ez.<\/p>\n<p>Actualmente la negociaci\u00f3n por ramas o por sectores s\u00f3lo se da en construcci\u00f3n civil.<\/p>\n<p>El trabajador tiene derecho a un seguro de vida, una vez cumplido 4 a\u00f1os de trabajo al servicio del mismo empleador.<\/p>\n<p>Para trabajadores que laboran en un centro de trabajo de alto riesgo, el empleador tiene que proporcionarles el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo creado por la Ley N\u00b0 26790.<\/p>\n<p><strong>2. Contribuciones del Trabajador y Empleador<\/strong>: Tanto el trabajador como el empleador efect\u00faan diferentes contribuciones para beneficio del primero. Entre dichas contribuciones tenemos:<\/p>\n<p><strong>Fondo de Pensiones<\/strong>: Si el trabajador se encuentra bajo el sistema privado de pensiones el empleador debe descontarle de su remuneraci\u00f3n mensual una tasa del 12,5% aproximadamente. En caso el trabajador se encuentre bajo el sistema p\u00fablico de pensiones la tasa es del 13%. Para el caso de extranjeros afiliados al sistema privado de pensiones, cuando \u00e9stos se van del pa\u00eds pueden solicitar la transferencia al extranjero de los fondos que acumularon durante su permanencia en el pa\u00eds.<\/p>\n<p><strong>Impuesto a la Renta: <\/strong>Este impuesto se le descuenta al trabajador cada mes, siendo necesario para ello que se realice una proyecci\u00f3n de la remuneraci\u00f3n anual del trabajador deduciendo la suma de siete UIT para el a\u00f1o 2011 (S\/. 25,200) y a la diferencia obtenida se le aplicar\u00e1 las siguientes tasas: <strong>(a)<\/strong> si la diferencia es menor o igual a 27 UIT, la tasa es del 15%; <strong>(b)<\/strong> si la diferencia es mayor a 27 UIT y menor a 54 UIT, la tasa es del 21%; <strong>(c) <\/strong>si la diferencia es mayor a 54 UIT, la tasa es del 30%. Una vez que la tasa sea aplicada a la diferencia, se obtendr\u00e1 el resultado del impuesto anual que ser\u00e1 dividido entre los meses del a\u00f1o.<\/p>\n<p><strong>Seguridad Social (ESSALUD)<\/strong>: Los empleadores est\u00e1n obligados a registrar a sus trabajadores en el sistema nacional de salud, as\u00ed como a pagar un equivalente al 9% de la remuneraci\u00f3n mensual del trabajador.<\/p>\n<p><strong>Sistema Privado de Salud<\/strong>: Es posible para los trabajadores afiliarse a una Entidad Prestadora de Salud (EPS), la cual es complementaria al servicio prestado por ESSALUD. En este caso, el empleador debe pagar el costo del servicio de la EPS y puede pagar 6,75% de la remuneraci\u00f3n mensual a ESSALUD.<\/p>\n<p>Es preciso se\u00f1alar que tambi\u00e9n existe un r\u00e9gimen laboral especial aplicado a las MYPES, el cual trataremos en un art\u00edculo posterior. De igual forma existen otras formas de contrataci\u00f3n de trabajadores (intermediaci\u00f3n laboral y tercerizaci\u00f3n).<\/p>\n<p>Para mayor informaci\u00f3n sobre el tema tratado puede efectuar sus consultas por este medio haciendo click en el t\u00edtulo del art\u00edculo publicado: <a href=\"http:\/\/mirandalawyers.com\/bloglegal\/?p=110#more-110\">http:\/\/mirandalawyers.com\/bloglegal\/?p=110#more-110<\/a>;\u00a0Adicionalmente,\u00a0<strong>si desea contratar los servicios profesionales del Estudio, p\u00f3ngase en contacto con nosotros al (511) 670 7430 o al correo info@mirandalawyers.com<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Ley del trabajo aprobada por Decreto Legislativo N\u00b0 728, del 27 de marzo de 1997 regula las relaciones entre trabajadores individuales y empleadores. A trav\u00e9s de esta norma legal y otras complementarias, se reglamenta el r\u00e9gimen laboral general o com\u00fan aplicable en el Per\u00fa. 1. Relaciones Laborales entre Trabajadores y Empleadores: Los empleadores pueden [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[39,32,37,43,35],"tags":[629,579,544,73,298,580,591,304,300,620,604,571,628,630,627,622,595,81,625,631,626,610,609,603,600,598,619,623,616,296,581,299,611,617,75,79,601,621,599,608,578,606,584,556,583,612,72,83,597,624,602,614,567,607,615,76,618,613,605],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/mirandalawyers.com\/bloglegal\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/110"}],"collection":[{"href":"https:\/\/mirandalawyers.com\/bloglegal\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/mirandalawyers.com\/bloglegal\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/mirandalawyers.com\/bloglegal\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/mirandalawyers.com\/bloglegal\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=110"}],"version-history":[{"count":51,"href":"https:\/\/mirandalawyers.com\/bloglegal\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/110\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1241,"href":"https:\/\/mirandalawyers.com\/bloglegal\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/110\/revisions\/1241"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/mirandalawyers.com\/bloglegal\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=110"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/mirandalawyers.com\/bloglegal\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=110"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/mirandalawyers.com\/bloglegal\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=110"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}